DERECHOS DE LOS USUARIOS

Posted on viernes, 22 de octubre de 2010 by El Instalador

SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS - DIRECCIÓN GENERAL DE GAS LP

DERECHOS DE LOS USUARIOS

  • Recibir en forma eficiente, segura y oportuna el servicio de distribución de Gas LP, sin trato discriminatorio alguno. Asimismo, el distribuidor no debe negarse a proporcionar el servicio de distribución sin causa justificada.
  • Adquirir Gas LP en su domicilio, en bodegas de cilindros del distribuidor, en las instalaciones de una planta de distribución, y ahora también en establecimientos comerciales (supermercados, tiendas de conveniencia, gasolineras)
  • En las ventas en su domicilio mediante cilindro, tiene derecho a recibir el servicio de conexión a su instalación por parte del distribuidor.
  • Todos los cilindros que se reciban del distribuidor deben contar con sello de garantía en la válvula de servicio, el cual debe indicar tanto la cantidad de Gas LP recibida, como el nombre o marca comercial del distribuidor. No acepte recipientes con sellos que vengan en blanco o que no contengan la información referida.
  • El distribuidor está obligado a prestar sus servicios con personal capacitado así como con vehículos y cilindros en buen estado físico (exentos de fugas, corrosión, abolladuras, incisiones, cavidades, evidencia de haber sido expuesto al fuego), por lo que es estrictamente responsable de los actos del personal que utilice durante la distribución, así como de cualquier incidente concerniente a cilindros identificados como de su propiedad.
  • Identifique tanto al personal que le ofrezca el servicio de distribución como a los vehículos utilizados para tal efecto (nombres, marca comercial, número de vehículo, teléfonos de la empresa), para efectos de solicitar cualquier posible aclaración. De ser posible, constate que la persona y/o el vehículo forman parte de la empresa correspondiente.
  • Revise que el vehículo de distribución tenga identificado el precio oficial de venta, de acuerdo al mes que corresponda.
  • Exija nota de venta por cada transacción en la que cuando menos se establezca claramente el precio del Gas LP por unidad, la cantidad adquirida, el total de la compra y el nombre del distribuidor.
  • El distribuidor está obligado a contar en todo momento con un servicio de supresión de fugas, ya sea por cuenta propia o a través de terceros. Los números telefónicos para solicitar tal servicio deben estar identificados en el vehículo de distribución. Este servicio debe ser prestado por cualquier distribuidor, aún cuando la eventualidad se haya presentado por razones ajenas al mismo, siempre y cuando ésta sea concerniente a Gas LP
  • El usuario debe estar protegido por un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, contratado por el distribuidor, el cual debe respaldar al usuario ante cualquier eventualidad relacionada a su servicio de distribución. Usted tiene derecho a solicitar esta información a su distribuidor.
  • En caso de que el distribuidor le venda o le deje en comodato un tanque o cilindro, exija el comprobante correspondiente para cualquier futura aclaración o devolución.
  • En caso de que el cilindro que reciba se encuentre marcado con el nombre comercial del distribuidor, revise que dicho nombre corresponda al del distribuidor que le ofreció el servicio.
  • De ser posible, identifique a la empresa que le ofrece el servicio de distribución, y constate que cuente con el permiso correspondiente otorgado por la Secretaría de Energía, a través de la página Web: www.energia.gob.mx owww.sener.gob.mx
Ultima Actualización 18/06/2010 12:00:00 a.m. por DGTIC

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